Dos viudas se enfrentan en tribunales para reclamar la pensión del mismo esposo

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Un insólito caso legal llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tras la disputa entre dos mujeres que reclamaban la pensión por viudez del mismo esposo fallecido, luego de que ambas acreditaran su relación con actas de matrimonio válidas. El conflicto, dado a conocer a través del Semanario Judicial de la Federación, desató una batalla judicial que escaló hasta instancias superiores y culminó con una resolución histórica en materia de seguridad social y derechos humanos.

La controversia se originó cuando una de las mujeres inició los trámites para recibir la pensión como cónyuge supérstite, pero a mitad del proceso apareció la primera esposa del difunto para exigir su derecho preferente. Ambas presentaron documentos oficiales que, tras ser verificados, fueron calificados como legítimos, lo que evidenció que el primer matrimonio nunca había sido disuelto formalmente. Ante esta situación, la autoridad laboral inicialmente falló a favor de la segunda esposa, otorgándole el beneficio de manera exclusiva.

Inconforme, la primera esposa promovió un amparo directo que llevó el caso al Segundo Tribunal Colegiado en Materia del Trabajo del Séptimo Circuito. En una resolución que evoca el célebre “fallo de Salomón”, los magistrados determinaron que ambas mujeres tienen derecho a recibir la pensión, pero en partes iguales. El tribunal argumentó que, ante la coexistencia de dos vínculos matrimoniales válidos y no disueltos, no corresponde excluir a ninguna de las cónyuges de los derechos derivados del fallecimiento del trabajador.

La sentencia dejó un precedente clave al reconocer la diversidad de modelos familiares existentes en la sociedad. Los magistrados subrayaron que la protección a la familia debe extenderse incluso a casos donde existan dos o más personas con actas de matrimonio vigentes, siempre que no hayan sido declaradas nulas ni se acredite la disolución del primer vínculo. Con esta decisión, ambas viudas recibirán de manera proporcional el beneficio de la pensión por viudez, en un fallo que refuerza el principio de igualdad sustantiva en el acceso a la seguridad social.  /Con información: sinembargo.mx