
El Congreso del Estado de Chiapas, aprobó por unanimidad de votos reformar el artículo 343 del código penal de Chiapas, para incluir delitos contra la intimidad, lo que permitirá castigar con cárcel el mal uso del “sexting”.
La reforma del código penal establece que toda persona que difunda por medios electrónicos fotos o videos de índole sexual sin el consentimiento de la persona en cuestión, podría pasar de 2 a 4 años en la cárcel, dependiendo del tipo de contenido publicado y otros factores.
La condena podría aumentar a 3 o hasta más de 6 años de cárcel, si se comprueba que la persona que difundió el material tuvo una relación sentimental o de confianza con la víctima. Cabe señalar que para que exista un castigo legal, las víctimas deben acudir a presentar una denuncia formal ante las autoridades.
Feministas chiapanecas celebraron la aprobación de la “Ley Olimpia”, la cual fue impulsada por Olimpia Coral Melo, quien fue víctima de violencia digital en su estado natal Puebla, en 2013.
En Chiapas existen más de 125 mercados de explotación en línea, donde se exhiben videos y fotos pornográficas sin el consentimiento de sus protagonistas, los cuales son conocidos como “packs” o “nudes”. Chiapas se une a los estados de Jalisco, Ciudad de México, Yucatán y Puebla, en donde ya se castiga con cárcel y cuantiosas multas a quienes difunden este tipo de material sin consentimiento.


